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Consecuencias económicas del contrato colectivo de trabajo

Las consecuencias económicas del contrato colectivo de trabajo son objeto de debate entre economistas.

Algunos argumentan que los sindicatos actúan como monopolistas, limitando la competencia y obstaculizando el cambio tecnológico, lo que puede resultar en una menor eficiencia laboral y producción.

Otros sostienen que, a pesar de sus intentos, los sindicatos no logran imponer su dominio debido a la competitividad del mercado.

También hay quienes consideran que el sindicalismo equilibra el poder de los patronos, elevando salarios a niveles más justos.
 


consecuencias económicas del contrato colectivo de trabajo
  1. Los economistas no están de acuerdo sobre las consecuencias económicas del contrato colectivo. Algunos estiman que los sindicatos actúan como monopolistas al reducir la competencia e imponer normas que impiden el cambio tecnológico. Ello redunda en un empleo menos eficaz de la mano de obra con la consiguiente reducción de la producción. Otros creen que, aunque los sindicatos intentan ejercer un monopolio, no logran imponerlo porque las instituciones económicas son tan competitivas que tanto los patronos como los obreros pueden evadir una regla sindical o acuerdo si así lo desean. No falta quien estima que en los mercados laborales es el patrono el monopolista y que el sindicalismo y el convenio colectivo equilibran esa ventaja y sitúan los salarios a un nivel equiparable al que existiría en un mercado competitivo. Otro grupo, en fin, supone que, si los sindicatos logran elevar los salarios y con ellos el coste de la mano de obra, obligan de rechazo a intensificar la investigación industrial en busca de inventos que ahorren mano de obra, lo cual redundaría en beneficio del progreso tecnológico. Es más que probable que existan todos esos factores y tendencias, con variaciones de un mercado laboral a otro. Véase Capitalismo; Dirección de personal; Huelga; Monopolio de compras; Movimiento laboral; Salarios; Sindicato; Trabajo.

    Para más información ver: contrato colectivo.
Actualizado: 27/10/2015

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