El término abad exento se refiere a un tipo de abad que goza de independencia respecto al obispo de su diócesis, siendo únicamente responsable ante la jurisdicción papal.
Esta figura eclesiástica tiene la capacidad de administrar su monasterio sin la intervención de la autoridad local, lo que le otorga un estatus especial dentro de la jerarquía de la Iglesia.
Para una comprensión más completa, es recomendable consultar también la definición de abad.