m. Ayuntamiento carnal de hombre con mujer, si uno de ellos (o ambos) es casado.
El término "adulterio" se refiere a la relación sexual entre un hombre y una mujer cuando al menos uno de ellos está casado con otra persona.
Esta práctica es considerada como una violación de los compromisos matrimoniales y puede tener consecuencias legales y sociales significativas.
Ejemplos de uso: "El escándalo surgió cuando se descubrió que el político estaba involucrado en un caso de adulterio con su secretaria, quien también estaba casada".
Der. Delito de este ayuntamiento.
En el ámbito legal, el adulterio se considera un delito en muchas jurisdicciones, ya que implica una transgresión a las normas establecidas en el matrimonio.
En algunos países, el adulterio puede tener implicaciones legales en términos de divorcio, custodia de hijos y reparto de bienes.
Ejemplos de uso: "La ley penaliza el adulterio como un delito que puede tener consecuencias graves para las partes involucradas en un proceso legal".
En un sentido más amplio y figurado, el término "adulterio" también puede referirse a la falsificación o alteración de algo original. Se utiliza para describir la acción de modificar o tergiversar la autenticidad o integridad de algo.
Ejemplos de uso: "La adulterio de documentos oficiales es un delito grave que puede acarrear sanciones legales severas".
Origen etimológico de adulterio: proviene de la palabra latina adulterium
Segundo diccionario: adulterio
Origen de la palabra: (del latín adulterium.)
m. Ayuntamiento carnal ilegítimo de hombre con mujer, siendo uno de los dos o ambos casados.
Falsificación, fraude.
For. Delito que comete la mujer casada que yace con varón que no sea su marido, y el que yace con ella sabiendo que es casada.2º artículo
Yacimiento voluntario de mujer casada con varón distinto que su marido o de éste con mujer que no sea la suya, si bien este segundo caso se denomina en España amancebamiento.
En la Roma primitiva, el tribunal doméstico podía decretar la muerte del adúltero, pena que alcanzaba al correo.
La Ley Julia de adulteris consideró el adulterio como un delito perseguible públicamente a instancia de cualquier ciudadano y condenaba a los culpables con la relegatio, confiscación e infamia, penas que se agravaron, en la época de Constantino, con la de muerte.
Justiniano estableció la pena de muerte para el correo y recluía a la mujer en un monasterio, del cual no podía salir sin permiso del marido.
En el Derecho de Castilla, los fueros establecían gravísimas penalidades, generalmente, la de muerte, y permitían al marido ofendido dar muerte a los culpables, aunque no podía matar a uno y dejar al otro.
Las Partidas exculpaban el adulterio del marido, disponían la pena de muerte para el correo y la mujer, que podía ser castigada públicamente con azotes y encerrada en un monasterio; ésta perdía, además, los bienes que le hubiera entregado su marido. En la Novísima Recopilación se permite que el marido dé muerte a los adúlteros.
En los tiempos modernos, la estimación del adulterio es muy diferente según las legislaciones y países.
En Derecho canónico, el canon 1129 del Código considera por igual el adulterio del marido que el de la mujer y da derecho al cónyuge inocente a la separación, incluso perpetua, aunque el matrimonio en sí es indisoluble.
Para la ley canónica, el adulterio es la principal causa de separación, siempre que no haya sido consentido, provocado o compensado expresa o tácitamente por el otro cónyuge.
Muchos Códigos penales acogían el adulterio como delito, si bien solían tratar con mayor lenidad el cometido por el marido y reconocían a éste la facultad de perseguir o no el delito (España). Solía incluirse entre el grupo de delitos contra la familia (Italia, Suiza, Brasil, Perú); delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de la familia (Venezuela); delitos contra la honestidad (Portugal) o delitos sexuales (México).
En épocas recientes ha dejado de estar penado en España, Argentina, México, Chile, Suecia, Rusia, Cuba, Colombia, Puerto Rico, etc.
En los países donde no se halla especialmente penado como delito sigue constituyendo una de las causas típicas para obtener el divorcio a instancias del cónyuge inocente. Véase Divorcio.
a-dul-te-rio La palabra adulterio tiene 4 sílabas.
¿Dónde tiene acentuación adulterio?
Tiene su acento prosódico (sin tilde) en la sílaba: te Tipo de acentuación de adulterio: Palabra grave (también llana o paroxítona). Posee diptongo creciente io.
Pronunciación de adulterio
Pronunciación (AFI): [ a.ðulˈte.ɾjo ]
Cantidad de letras, vocales y consonantes de adulterio
Palabra inversa: oiretluda Número de letras: 9 Posee un total de 5 vocales: a u e i o Y un total de 4 consonantes: d l t r
¿Es aceptada "adulterio" en el diccionario de la RAE?