En el ámbito del Derecho, las agravantes son circunstancias que incrementan la gravedad de un hecho delictivo, elevando así la responsabilidad del culpable.
Estas circunstancias pueden modificar la pena asignada a un delito, ya sea aumentándola o, en algunos casos, formando parte inseparable del mismo.
La identificación de estas agravantes varía según la legislación y el contexto histórico, lo que refleja la complejidad del sistema penal.
Circunstancias que por aumentar la intensidad antijurídica del hecho delictivo elevan la responsabilidad del culpable. El legislador crea una serie de delitos y a cada uno asigna una determinada pena, pero ésta se reduce o aumenta si en la omisión del hecho concurren circunstancias atenuantes o agravantes.
Excepcionalmente, alguna o algunas de estas circunstancias de agravación se unen inseparablemente a un delito. Por ejemplo, un homicidio con alevosía constituye asesinato; la falsedad realizada con abuso de funciones públicas forma un tipo especial de falsificación. En estos casos las agravantes, que se llaman cualitativas por haber servido ya para formar un nuevo delito, no aumentan, como es lógico, la pena. Tampoco la aumenta la agravante que es consustancial al delito; por ejemplo, la premeditación en la falsedad, el desprecio del sexo en la violación.
La determinación de las circunstancias varía según la legislación y el momento histórico. Unas legislaciones las establecen en la parte general sin que puedan apreciarse otras análogas (numerus clausus), porque la interpretación extensiva y analógica no cabe en el derecho penal (caso de las legislaciones española, italiana y portuguesa); otras las regulan en la parte especial al lado del delito al que puedan acompañar (Alemania y Francia).
Son circunstancias agravantes en la mayor parte de las legislaciones: a) por el modo: la alevosía, el abuso de confianza, el prevalecimiento del carácter público del culpable, el ensañamiento, la premeditación conocida, el empleo de astucia, fraude o disfraz, el abuso de la superioridad o la fuerza, el desprecio de la autoridad o del respeto que por la dignidad, edad o sexo mereciese el ofendido, b) por el medio: comisión del delito por inundación, incendio, veneno, destrucción violenta de los medios de transporte terrestres, marítimos o aéreos, o cualquier otro artificio que provoque grandes estragos; ejecución del hecho con auxilio de gente armada que asegure la impunidad; empleo de la imprenta, radiodifusión, televisión u otro medio que facilite la publicidad; c) por el fin: realización del acto por precio, promesa o recompensa; d) por el tiempo: comisión del crimen al amparo de la noche o con ocasión de incendio, naufragio u otra calamidad o desgracia; e) por el lugar: ejecución del hecho delictivo en lugar sagrado, en la morada del ofendido si éste no provocó el delito, en despoblado; f) por la repetición, reiteración, reincidencia.
Cantidad de letras, vocales y consonantes de Agravantes (Derecho)
Palabra inversa: )ohcereD( setnavargA Número de letras: 19 Posee un total de 7 vocales: A a a e e e o Y un total de 10 consonantes: g r v n t s D r c h
¿Es aceptada "Agravantes (Derecho)" en el diccionario de la RAE?