El término agravio en el ámbito del Derecho se refiere a una ofensa que afecta la honra o la fama de una persona, así como al perjuicio que se causa en sus derechos e intereses.
Diversas acciones, como la injuria, la calumnia y la agresión, se agrupan bajo esta denominación.
En el contexto fiscal español, se distingue entre el agravio absoluto y el comparativo, y se menciona un recurso de agravios creado en 1944 para abordar reclamaciones contra la Administración Pública.
Ofensa inferida a uno en su honra o fama; también, perjuicio que se hace a uno en sus derechos e intereses. Acciones que jurídicamente reciben calificaciones distintas, como injuria, calumnia, coacción, agresión y otras, suelen agruparse bajo la denominación genérica de agravio. Las leyes españolas sobre materia fiscal mencionan el agravio absoluto y el comparativo en las contribuciones industrial y territorial: el primero para quien se considera injustamente gravado; el segundo para quien se considera perjudicado en relación con otro contribuyente de sus mismas circunstancias. En 1944 se creó en España el llamado recurso de agravios, suprimido posteriormente, destinado a solucionar las reclamaciones que se formulasen a la Administración Pública en materia de personal.