La palabra anata se refiere a la renta o los frutos que se generan en un año a partir de un beneficio o empleo.
Este término también incluye la noción de media anata, que es el derecho que se abona al momento de acceder a un beneficio eclesiástico o a un empleo secular.
Así, la anata se relaciona tanto con los ingresos anuales como con las obligaciones económicas que surgen al obtener ciertos cargos.