El término arrogar tiene dos acepciones principales.
En el ámbito jurídico, se refiere a la acción de adoptar a un huérfano o a un emancipado, brindándoles un nuevo hogar y protección.
Por otro lado, también se utiliza para describir el acto de atribuirse o apropriarse de manera indebida de cosas inmateriales, como jurisdicción o facultades, lo que implica una usurpación de derechos o poderes que no corresponden.
• « El artículo 22 prohíbe que una fuerza armada o reunión de personas se arrogue la representación del pueblo y peticione en nombre de éste. A este accionar se lo califica de sedición. En consecuencia, no están prohibidas las reuniones de personas en forma pacífica y sin armas. » (de arrogar | conjugación)