El término casamiento en casa se refiere a una figura legal en la que un cónyuge fallecido autoriza al sobreviviente a contraer un nuevo matrimonio.
Esta disposición asegura que los bienes del difunto permanezcan bajo el control del cónyuge sobreviviente, garantizando que los hijos de ambos matrimonios tengan derechos equitativos sobre esos bienes.
Esta práctica es especialmente relevante en la región de Aragón, donde se aplica esta acepción.
For. Ar. El autorizado por el cónyuge que muere para que el otro contraiga nuevo matrimonio, y los bienes del que muere queden en poder del que sobrevive y en ellos tengan iguales derechos los hijos de ambos enlaces.