El chantaje es un acto delictivo que implica la obtención de dinero o favores mediante la amenaza de hacer revelaciones que pueden resultar escandalosas para la víctima.
Esta práctica se basa en el miedo y la manipulación, donde el chantajista utiliza información comprometedora para coaccionar a la persona afectada.
El chantaje no solo afecta a la víctima, sino que también tiene repercusiones legales y sociales en la comunidad.
m. Delito que consiste en obtener dinero o conseguir favores, etc., de una persona con la amenaza de revelaciones escandalosas.
Origen etimológico de chantaje: proviene del francés chantage
Segundo diccionario: chantaje
Origen de la palabra: (fr. chantase, de chanter, y éste del latín cantare, cantar.)
m. Amenaza de pública difamación o daño hecha con el fin de obtener de aquel a quien se amenaza, dinero u otro provecho.2º artículo
Amenaza de revelar un secreto cuya divulgación perjudicaría gravemente a una persona con el fin de obtener de ella algún bien o servicio. Es, pues, un delito que lesiona la libertad y patrimonios ajenos. Los sicofantas (aleves y falsos delatores de la antigua Atenas) significan un precedente del moderno chantajista que, con nuevos métodos y en forma individual o colectiva constituye, especialmente en América, un verdadero azote de la sociedad.
Todos los países castigan este delito; unas legislaciones lo comprenden dentro de una concepción amplia de la figura de la extorsión (sistema alemán), otras lo castigan como una modalidad de las amenazas condicionales (sistema español) o hacen de él un delito autónomo e independiente (sistema francés). En este último país se exige para la existencia del chantaje una amenaza escrita o verbal de revelaciones o imputaciones difamatorias, un fin de lucro ilegítimo y mala fe. De este último ordenamiento jurídico ha pasado a algunas otras legislaciones, por ejemplo a la argentina, que reprime al que por amenaza de imputaciones contra el honor o de violación de secretos obligue a otro a entregar, enviar, depositar o poner a disposición suya o de un tercero cosas, dinero o documentos que produzcan efectos jurídicos o a suscribir o destruir documentos de obligación o de crédito. La amenaza puede ser verbal o escrita, directa o indirecta, expresa o disimulada.
Generalmente se ha entendido en el Derecho hispanoamericano que este delito supone siempre la concurrencia, por lo menos en grado de tentativa, de una injuria o una calumnia cuando el medio extorsivo consiste en una imputación contra el honor y se ha establecido, por ejemplo en el Derecho argentino, una relación de subsidiariedad que excluye en todo caso la sanción independiente de la injuria o de la calumnia.
El chantaje ofrece una notoria agravación si el secreto que se amenaza con divulgar es falso, si la campaña se intenta realizar por medio de la prensa, radio, televisión o cualquiera otra forma de gran difusión y si el perjuicio para la víctima puede ser irreparable.
Para la existencia del delito no importa que el hecho cuya imputación pública se amenaza sea verdadero o falso, pues tanto la verdad como la mentira ponen en juego la estimación pública y pueden dañarla gravemente.