Las clases de un buque se refieren a la categorización de las embarcaciones según su uso, destino y propiedad.
Pueden ser de pasaje, carga o mixtos, y se dividen en mercantes, pesqueros, de recreo y de guerra.
La distinción entre buques del Estado y privados es crucial, especialmente en el ámbito legal.
La Convención de Bruselas de 1926 estableció que los buques estatales en actividades comerciales se consideran embarcaciones particulares, salvo excepciones.
clases de un buque
Por el uso a que se destinan los buques pueden ser de pasaje, de carga y mixtos. Por su destino se clasifican en mercantes, «tramps» (que no tienen línea fija y acuden allí donde encuentran fletes convenientes), de línea regular, pesqueros, de recreo y de guerra. Por sus propietarios pueden ser del Estado o privados, distinción de sumo interés en lo referente a legislación aplicable, que ha atraído frecuentemente la atención de las conferencias internacionales. Problema fundamental ha sido el de determinar si los barcos pertenecientes al Estado y dedicados a una actividad comercial debían ser tratados como buques privados o como navios de guerra. Los Estados Unidos defendían esta última postura, pero en la Convención de Bruselas de 1926 prosperó la tesis de que los buques propiedad del Estado dedicados a una actividad comercial debían ser considerados como embarcaciones particulares, con la excepción de los buques de guerra, yates oficiales, navios de vigilancia, barcos hospitales, embarcaciones auxiliares y naves afectas a servicios gubernamentales no comerciales.