Los caracteres del objeto de los contratos son aquellos rasgos o características que definen lo que es objeto de un contrato. Entre los caracteres del objeto de los contratos podemos mencionar:
1. La licitud: El objeto del contrato debe ser lícito, es decir, no puede ser contrario a la ley o a las buenas costumbres.
2. La determinación: El objeto del contrato debe ser determinado o determinable, de tal manera que las partes sepan claramente lo que están contratando.
3. La posibilidad: El objeto del contrato debe ser posible, es decir, que pueda ser objeto de una relación jurídica.
4. La materialidad: El objeto del contrato debe ser material, es decir, que tenga una existencia física o jurídica.
5. La propiedad: El objeto del contrato debe ser propiedad de la persona que lo ofrece en el contrato, o bien debe tener el derecho de ofrecerlo en el contrato.
Estos caracteres son importantes para determinar la validez y la eficacia de un contrato.
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