La doble imposición se refiere a la situación en la que una misma persona, objeto o transacción es gravada más de una vez en diferentes países.
Este fenómeno surge debido a la diversidad de leyes fiscales que pueden aplicar tanto al origen de la renta como a la residencia del contribuyente.
Según diversos autores, no solo se requiere que el mismo sujeto económico sea gravado, sino que también debe ser por el mismo concepto, lo que complica aún más su entendimiento y resolución.
Figura que se plantea cuando la misma persona, objeto o transacción está sujeta a gravamen más de una vez en diferentes países. Según Seligman, la doble imposición en su más simple significado, denota la reiterada imposición de la misma persona o de la misma cosa; Laband añade que el hecho ha de atribuirse a la causa de la diversidad de las leyes de impuesto que se basan en el respecto objetivo, bien en el origen de la renta, bien en la renta misma como tal, y en el respecto subjetivo, bien en la ciudadanía, bien en la residencia o el domicilio. El economista italiano Benvenuto Griziotti, recogiendo el sentir de varios escritores, afirma que no basta que la misma riqueza y el mismo sujeto económico sean gravados dos veces para que pueda hablarse de duplicación de tributo, sino que se necesita que se grave dos veces por el mismo título, y observa cómo otros autores entienden que se verifica la doble imposición interestatal cuando el objeto y el sujeto son gravados por dos estados por el mismo título.
Con objeto de evitar la doble imposición, la mayoría de los países acostumbran a firmar tratados que estipulan la exención tributaria en una jurisdicción.
Son muchos los países que hacen uso de estos convenios de doble imposición; últimamente la OECD recomienda la generalización de los mismos.
El mismo Griziotti, al analizar detenidamente el problema de la doble imposición, pone de manifiesto las diferencias de esta figura con otras con las que frecuentemente se le acostumbraba a confundir. Así no debe equivocarse la doble imposición con la imposición múltiple o imposición plural sobre el mismo contribuyente y sobre la misma riqueza por causas diversas, concebida para agotar la capacidad contributiva de los individuos mediante impuestos variados que se armonicen para tener en cuenta las circunstancias diversas en las cuales la vida pública proporciona beneficios al contribuyente y las varias manifestaciones de la capacidad contributiva de cada individuo; ni con la superimposición, que se efectúa cuando un contribuyente tiene que pagar diversos impuestos por la misma causa a Corporaciones coordinadas entre sí y que concurren a procurar beneficios generales o particulares al propio contribuyente o a la propia riqueza.