El estipulante es aquel individuo que participa en un acuerdo o contrato mediante la estipulación de ciertas condiciones o cláusulas.
En otras palabras, es quien establece las condiciones que deben cumplirse para que el contrato sea válido y efectivo.
Su rol es fundamental en cualquier contrato, ya que propone las condiciones y términos bajo los cuales ambas partes deben cumplir con sus obligaciones, garantizando así un consenso en los detalles del contrato.
En Derecho, es el sujeto activo de una estipulación que involucra al menos dos partes con diferentes actitudes jurídicas.
El estipulante es aquel individuo que participa en un acuerdo o contrato mediante la estipulación de ciertas condiciones o cláusulas. En otras palabras, es quien establece las condiciones que deben cumplirse para que el contrato sea válido y efectivo.
El rol del estipulante es fundamental en cualquier contrato, ya que es quien propone las condiciones y términos bajo los cuales ambas partes deben tomar acciones y cumplir con sus obligaciones. Por lo tanto, su participación garantiza que las partes involucradas estén de acuerdo y hayan llegado a un consenso en cuanto a los detalles del contrato.
El estipulante puede ser una persona física o jurídica, dependiendo del tipo de contrato en cuestión. Además, es común que su participación esté respaldada por asesores legales u otros profesionales especializados, quienes pueden brindar orientación y asegurarse de que las condiciones sean claras y justas para todas las partes involucradas.
Es importante destacar que las estipulaciones propuestas por el estipulante deben ser aceptadas por la otra parte del contrato, conocida como aceptante. Solo cuando ambas partes están de acuerdo y han aceptado las condiciones propuestas, el contrato se considera válido y vinculante.
Ejemplo de uso: "cláusula estipulante".
Der. Sujeto activo de una estipulación, que requiere al menos dos con diferentes actitudes jurídicas.
Ejemplo de uso: "Existe estipulación a favor de tercero cuando en un contrato una parte llamada estipulante obtiene de la otra, denominada promitente, que ésta asuma el deber jurídico de efectuar una atribución patrimonial a otro, llamado tercero o beneficiario, quien ha permanecido ajeno y adquiere un derecho autónomo y directo contra el obligado". - REZZONICO