La excomunión menor es una medida eclesiástica que se refiere a la privación pasiva del derecho a recibir los sacramentos.
A diferencia de la excomunión mayor, esta sanción no implica la expulsión total de la comunidad, sino que limita el acceso a ciertos ritos y prácticas religiosas.
Es importante entender este concepto en el contexto más amplio de la excomunión, que abarca diversas formas de exclusión en la vida espiritual.