Los fondos de seguros y previsión en el contexto de un contrato colectivo son mecanismos que garantizan la asistencia médica y el bienestar de los trabajadores.
Estos fondos se nutren de aportaciones, que pueden provenir exclusivamente de los patronos o ser compartidas con los obreros.
Su objetivo es cubrir gastos relacionados con la salud, las pensiones de vejez, así como los costos de entierro y las pensiones por viudedad y orfandad.
La gestión de estos recursos suele estar a cargo de los sindicatos o en colaboración con los empleadores.
fondos de seguros y previsión (contrato colectivo)
En las últimas décadas el contrato colectivo ha realizado grandes progresos en lo tocante a la sanidad, bienestar y planes de previsión. Los contratos estipulan aportaciones a un fondo, cuyo fin es pagar o proporcionar asistencia médica a los obreros cuando están enfermos y atender a las pensiones de vejez. Ese fondo contribuye también a sufragar los gastos de entierro y las pensiones de viudedad y orfandad. Las aportaciones a dicho fondo corresponden en algunos casos únicamente los patronos; en otros, a patronos y obreros. La administración de los fondos corre a cargo de los sindicatos o bien de éstos y los patronos conjuntamente.