La historia del derecho penal es un campo que refleja cómo las vicisitudes históricas y políticas han moldeado las normas que regulan el comportamiento humano.
A diferencia de otros ordenamientos jurídicos, su evolución ha estado marcada por la búsqueda de justicia y el control social, lo que ha llevado a la creación de diversos códigos penales.
Desde un sistema de venganza privada en épocas remotas, hasta las complejas estructuras actuales, esta historia revela la lucha entre el poder y la justicia.
historia del derecho penal
No existe otro ordenamiento jurídico, como el Derecho penal, en el que las vicisitudes históricas y políticas ejerzan una mayor y más intensa influencia; no en balde es este derecho el instrumento más eficaz en la defensa de una idea política. Esto explica la mudanza y variedad de códigos penales frente a la permanencia y estabilidad de otros sectores jurídicos como el Derecho civil o mercantil, por ejemplo.
En la historia del Derecho penal (todavía sin construir definitivamente) puede hallarse:
1) un sistema puro de venganza privada, que corresponde a las épocas más remotas y en el que falta toda idea de medida y justicia;
2) un sistema de venganza privada atenuado, que corresponde a una fase más avanzada en el desarrollo histórico de los pueblos en el que aparecen leyes como la del Talión —ojo por ojo y diente por diente—, la composición, etc., que no cabe duda significan un evidente progreso y avance en cuanto que suponen al menos un límite y medida;
3) un sistema de represión pública, brutal en sus comienzos, pero que encerraba ya en sí el germen de lo que posteriormente había de ser principio único y universalmente aceptado, esto es, que al Estado corresponde la facultad exclusiva de punir. Se inicia con el Derecho penal griego en su época histórica. Dentro de esta fase encontramos una serie de subperiodos que jalonan la vida del Derecho penal hasta nuestros días:
a) la Edad Media, con leyes penales desiguales, penas crueles y un desmedido arbitrio judicial;
b) la Edad Moderna, que surge precisamente como lógica y justa reacción a las características del periodo anterior;
c) la Edad Contemporánea, que, al lado de aciertos evidentes como la auténtica humanización del Derecho penal y del penitenciario, el desenvolvimiento del movimiento codificador —en ningún ordenamiento tan. necesario como en esta disciplina— y la adopción de eficaces medidas contra la delincuencia, encerró el fracaso profundo del hombre que quiso, en cierta manera, separarse de Dios. Probablemente la nota que más trascendentalmente caracteriza este periodo está constituida por el movimiento codificador; efectivamente, a fines del siglo xviii se produce en Europa un gran movimiento a favor de la codificación que muy pronto gozó de universal simpatía. Superada ya la fase de dispersión legislativa y aun de las compilaciones, aceptado el principio de legalidad, representaba una imprescindible necesidad la promulgación de un código que consagrase prácticamente tales conquistas, movimiento codificador que desde el punto de vista histórico doctrinal arranca de Beccaria y legislativamente de la Revolución Francesa, aunque en casi todos los países y sectores se palpaba con anterioridad una inquietud común de unidad legislativa a través de los códigos;
d) la época actual, caracterizada
por la aparición de nuevas formas de criminalidad, como la de crímenes de guerra y contra la Humanidad, asociaciones y leyes internacionales en la persecución del delito y un acentuamiento de la preocupación que el penalista siente por conocer el alma del hombre como destinatario del Derecho todo y principalmente del Derecho penal.