Indultado y indultada son términos que se refieren a aquellas personas a las que se les ha concedido un indulto, una medida que implica el perdón de la pena impuesta por un delito.
Esta acción extingue la responsabilidad penal del individuo, eximiéndolo de cumplir total o parcialmente la condena establecida.
Es importante diferenciar el indulto de la amnistía, ya que mientras el primero perdona la pena pero mantiene la culpabilidad, la segunda implica el perdón del delito en sí.
adj. / s. / p. Indultado o indultada es aquel que se le ha concedido un indulto.
El indulto es una causa de extinción de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la pena.
Es una situación diferente al amnistiado (el que ha recibido una amnistía), ya que esta supone el perdón del delito, en tanto el indultado sigue siendo culpable, pero le ha sido perdonado el cumplimiento de la pena total o parcialmente.
Diferencia entre amnistiado e indultado
Se diferencia del indultado (el que ha recibido un indulto) en que el indulto supone el perdón de una pena, mientras que la amnistía supone el perdón del delito.
Por esta razón sólo se puede indultar respecto de la parte de la pena que no haya sido ya efectivamente cumplida, en tanto la amnistía puede implicar rehabilitar al amnistiado en derechos que había perdido al cumplir la pena impuesta.
Esto implica también que el indulto no extingue la responsabilidad civil derivada del delito, la amnistía sí lo hace.
La amnistía es un acto jurídico, que usualmente proviene del poder legislativo, en donde uno o más individuos que fueron declarados culpables de un delito pasan a considerarse inocentes por desaparición de la figura delictiva. Algunas bibliografías destacan que el indulto afecta a una persona concreta, mientras que la amnistía afecta a una pluralidad.
La amnistía es un instrumento jurídico que tiene por efecto la posibilidad de impedir un enjuiciamiento penal, o bien, la anulación retrospectiva de una responsabilidad jurídica anteriormente determinada.
La jurisprudencia internacional ha establecido que no puede haber amnistías para el perdón de violaciones a los derechos humanos.
El proceso para conceder un indulto varía según las legislaciones de cada país, pero generalmente es una prerrogativa del poder ejecutivo, aunque en algunos casos puede requerir la intervención o aprobación del poder legislativo. El indulto puede ser total, cuando se perdona la totalidad de la pena impuesta, o parcial, cuando solo se reduce una parte de dicha pena.
El indulto no debe confundirse con otras figuras jurídicas como la conmutación de pena, donde se sustituye una pena por otra menos severa sin eliminar el reconocimiento de culpabilidad ni los efectos secundarios derivados de ella.
• « Tal y como habían propuesto los republicanos radicales en el proyecto de ley Wade-Davis, se prohibía a los individuos que hubieran participado en una insurrección o rebelión [contra]... o que hubieran prestado ayuda o consuelo a los enemigos los Estados Unidos, ocupar cargos políticos (estatales o federales) o militares, a menos que fueran indultados por dos tercios del Congreso. » (de indultado | plural)
• « Por ejemplo, el Presidente puede decidir que alguien que fue acusado de asesinato y condenado a cadena perpetua, sea dejado en libertad. Esta persona que ha sido indultada ya no tiene que cumplir la pena impuestas. Sin embargo, sigue siendo culpable de asesinato, según lo establecido en juicio. » (de indultar | participio)