El término intimar tiene dos acepciones principales.
En su primera acepción, se refiere a la acción de notificar con autoridad, como en el caso de intimar una orden o un pago, donde se establece un requerimiento formal.
En su segunda acepción, intimar implica el acto de trabar una profunda amistad con alguien, sugiriendo un vínculo emocional y cercano entre las personas.
Ambas significaciones reflejan la importancia de las relaciones y la comunicación.
fig. = figurado I. = Inglés intr. = verbo intransitivo r. = verbo reflexivo t. = tiempo tr. = verbo transitivo Ú. = Úsase Ú.t. = Úsase también Ú.t.c. = Úsase también como... V. = Ver o Verbo v. t. = verbo transitivo Más abreviaturas...