La ley constitucional de los Estados Unidos se encarga de interpretar y aplicar la Constitución de los Estados Unidos.
A pesar de ser un documento sabio, los creadores no pudieron prever todas las situaciones a lo largo de los años.
A diferencia de los tratados internacionales, la ley constitucional es distinta a la ley común y a los tratados ratificados por el Senado, que se convierten en ley pero no en constitución.
Ley constitucional de los Estados Unidos
La ley constitucional de los Estados Unidos "se ocupa de la interpretación y aplicación de la Constitución de los Estados Unidos".
Mientras que la Constitución de los Estados Unidos es ampliamente considerada como un documento de mucha sabiduría, sus creadores simplemente no pudieron prever todas las contingencias durante más de dos siglos.
Los tratados internacionales, o el derecho supranacional como el derecho de la Comunidad Europea, no suelen considerarse "constituciones". Mientras que los tratados ratificados por el Senado de los Estados Unidos se convierten en la "ley de la tierra", hay una gran diferencia entre "ley" y "constitución".
En la práctica, el intérprete más importante de la ley constitucional es la Corte Suprema de los Estados Unidos (SCOTUS). Su función en la revisión judicial no está explícita en la Constitución, pero fue establecida principalmente por los casos de 1803 Marbury c. Madison y 1819 McCulloch c. Maryland.
SCOTUS se basa sobre todo en la doctrina de stare decisis o precedente en anteriores fallos del Tribunal Supremo y otros tribunales de los Estados Unidos. También considerará, como fuentes de información, las decisiones de los tribunales estatales, de los tratados y organismos internacionales y de los tribunales extranjeros, así como las obras de erudición jurídica.
Corte Suprema de los Estados Unidos (SCOTUS) en un encuentro público. CC
La intención de los creadores
En la revisión judicial se consideran tanto la "intención original" como el "entendimiento original". La intención original proviene de los escritos de los Forjadores, como los Documentos Federalistas. El entendimiento original proviene de las deliberaciones de las convenciones estatales que ratificaron la Constitución.
No todas las autoridades legales están de acuerdo en que los Forjadores tenían la intención de ser considerados.
Cláusula de Supremacía
La autoridad de revisión constitucional del SCOTUS y de los tribunales subordinados no está explícita en la Constitución, pero se reconoció en el caso de 1819 de McCullough c. Maryand, que dio a los tribunales "la facultad de invalidar cualquier acción del Estado que interfiera con la Constitución y las leyes y tratados aprobados en virtud de ella". El Tribunal basó su razonamiento en el Artículo VI, la .
Anteriormente, el caso de 1803 de Marbury contra Madison estableció el precedente de que el Tribunal podía revisar las acciones presidenciales.
Transnacionalismo
La consideración del derecho extranjero se ha convertido en un tema político especialmente delicado en los Estados Unidos, aunque la práctica no es nueva.
A muchos conservadores les preocupa que el transnacionalismo vaya más allá de la información, hasta el punto de que las organizaciones internacionales anulen la soberanía de los Estados Unidos. Esto se convirtió en una cuestión importante en la confirmación de Harold Koh como asesor jurídico del Departamento de Estado de los Estados Unidos. Los críticos citaron un artículo de 2004 de Koh, en The American Prospect, sobre el sistema transnacional, pero a menudo ignoraron las palabras subrayadas:
"Deberíamos utilizar el proceso legal transnacional para presionar a nuestro gobierno para que presente la mejor cara del excepcionalismo estadounidense, la cara de activista que promueve los derechos humanos y el estado de derecho. El proceso jurídico transnacional abarca las interacciones de los agentes públicos y privados -estados nacionales, empresas, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales- en diversos foros, para elaborar, interpretar, hacer cumplir y, en última instancia, internalizar las normas del derecho internacional. En mi opinión, es la clave para entender por qué las naciones obedecen el derecho internacional. Según este punto de vista, quienes tratan de crear e incorporar ciertos principios de derechos humanos en el derecho internacional y nacional deberían desencadenar interacciones transnacionales que generen interpretaciones jurídicas, que a su vez puedan internalizarse en el derecho interno de los Estados nación, incluso los que se resisten a ello."