El término mortis causa proviene del latín y se utiliza en el ámbito jurídico para referirse a donaciones o disposiciones que tienen efecto tras el fallecimiento del donante.
Este concepto se aplica tanto a la donación que se realiza con la intención de beneficiar a alguien después de la muerte, como a los testamentos y actos de liberalidad que se activan con la sucesión del causante.