En la Iglesia Católica, el término "obispo in partibus" se refiere a aquellos obispos que reciben su título de una diócesis o territorio que ya no existe o está bajo dominio de una religión no cristiana.
Estos obispos son considerados "titulares", sin una diócesis real a su cargo, asignándoles el título de una antigua diócesis desaparecida o tomada por otra religión.
Esta designación honra a obispos que sirven en áreas históricamente perseguidas por el cristianismo o donde la Iglesia Católica tiene poca presencia, como en el Medio Oriente o África del Norte.
loc. Se decía del obispo que toma el título de país o territorio no cristiano, especialmente bajo dominio musulmán.
En la Iglesia Católica, el término "obispo in partibus" se refiere a aquellos obispos que recibían su título de una diócesis o territorio que ya no existe, o que en su mayoría está bajo el control de una religión no cristiana. Estos obispos eran considerados como "obispos titulares", ya que no tenían una diócesis real a su cargo, sino que se les asigna el título de una antigua diócesis que ha desaparecido o ha sido tomada por otra religión.
La designación de "obispo in partibus" se utiliza para honrar y reconocer a aquellos obispos que servían en áreas donde el cristianismo ha sido históricamente perseguido o donde la Iglesia Católica no tenía una presencia activa. Estos obispos pueden estar ubicados en regiones como el Medio Oriente, África del Norte u otras partes del mundo donde la presencia cristiana es limitada o incluso prohibida.
♦ Muchos diccionarios la emplean con tilde «obispo in pártibus» y «obispo in pártibus infidélium», incluso la propia RAE en diccionarios desactualizados, pero esto es inadecuado.