El término padrón se refiere principalmente a una lista que registra a los vecinos de una población, funcionando como un censo que permite conocer la cantidad y características de sus habitantes.
Además, el concepto también puede aludir a un patrón o modelo a seguir, representando un dechado de virtudes o cualidades que se consideran ejemplares.
Así, el padrón abarca tanto aspectos administrativos como éticos.
• « El derecho de iniciativa popular se establece en el artículo 39. A petición de un porcentaje del padrón electoral (no se podrá exigir más del 3%), la Cámara de Diputados debe dar tratamiento a cualquier proyecto de ley, con la expresa prohibición de que se refiera a reformas constitucionales, tributos, tratados internacionales, presupuesto y cuestiones penales. »