El término pie de altar se refiere a los emolumentos que reciben los curas y otros ministros eclesiásticos por las funciones que desempeñan en el ámbito religioso.
Estos pagos son un complemento a la renta que ya perciben por sus beneficios, y representan una forma de reconocimiento por su labor espiritual y comunitaria.
Para una comprensión más profunda, se recomienda también consultar la definición de pie.