La porción congrua se refiere a la parte que se asigna a un eclesiástico encargado de la cura de almas, quien no percibe los diezmos de la comunidad.
Esta asignación busca garantizar un sustento adecuado para el clérigo, permitiéndole cumplir con su labor espiritual sin depender de las contribuciones de los fieles.
La porción congrua es, por tanto, un aspecto importante en la organización de la vida religiosa y el bienestar de quienes sirven a la comunidad.