Punible se refiere a aquellas acciones u omisiones que merecen castigo o sanción según la ley.
Son actos tipificados como delitos o faltas en un ordenamiento jurídico y pueden ser objeto de una pena o medida correctiva.
La punibilidad de un acto está determinada por la normativa legal vigente en un país o jurisdicción, la cual establece cuáles son las conductas consideradas punibles y cuál es la pena correspondiente a cada una de ellas.
Se refiere a aquellas acciones u omisiones que están tipificadas como delitos o faltas en un ordenamiento jurídico y que, por lo tanto, pueden ser objeto de una pena o medida correctiva.
La punibilidad de un acto está determinada por la normativa legal vigente en un determinado país o jurisdicción, la cual establece cuáles son las conductas consideradas punibles y cuál es la pena correspondiente a cada una de ellas.
La punibilidad es un concepto fundamental en el ámbito del derecho penal, ya que define los límites de lo permitido y lo prohibido en una sociedad, así como las consecuencias legales que acarrean las infracciones a dichas normas.
Ejemplos de uso: "El robo a mano armada es un acto punible que puede llevar a una condena de varios años de prisión."
"La evasión de impuestos es una conducta punible que puede acarrear multas y sanciones económicas."
"En nuestra sociedad, la violencia de género es considerada un delito punible que debe ser castigado con todo el peso de la ley."
"El incumplimiento de las normas de tráfico puede ser considerado una falta punible que resulte en la retirada del permiso de conducir."
"La corrupción en el sector público es un comportamiento punible que socava la confianza en las instituciones y el Estado de Derecho."
• « Porque esa pequeña porción de sociedad educada que podía leer y tenía acceso a libros extranjeros, incluso para discutir política, y mucho menos abogar por reformas de cualquier tipo, era un crimen punible, con miles de personas exiliadas a Siberia por el crimen de haber hecho un comentario fuera de lugar sobre política o poseer un libro que describiera un concepto político originado en el oeste. »
• « No están prohibidos, en cambio, los llamados "fueros reales" o "de causa". Estos fueros reales o de causa son tribunales de excepción que juzgan en causas criminales y disciplinarias que tienen características especiales, ya sea por el lugar donde se han cometido los hechos o porque juzgan conductas que no son punibles para el común de las personas. » (de punible | plural)