La servidumbre discontinua es un concepto jurídico que se refiere a un tipo de servidumbre que se ejerce de manera intermitente, es decir, no de forma continua.
Esto significa que el uso de esta servidumbre ocurre en intervalos específicos, permitiendo al titular disfrutar de ciertos derechos sobre la propiedad ajena, pero solo en momentos determinados.
Para una comprensión más completa, es recomendable revisar también la definición de servidumbre.
Cantidad de letras, vocales y consonantes de servidumbre discontinua
Palabra inversa: aunitnocsid erbmudivres Número de letras: 22 Posee un total de 9 vocales: e i u e i o i u a Y un total de 13 consonantes: s r v d m b r d s c n t n
¿Es aceptada "servidumbre discontinua" en el diccionario de la RAE?