Turbación es la acción de alterar los sentimientos o el ánimo de alguien, generando confusión o desconcierto.
También se refiere a la interrupción de la quietud o del estado normal de algo, causando desorden.
Puede manifestarse como enturbiamiento, como cuando se perturba la paz o se interrumpe el curso habitual de las cosas.
En el ámbito legal, la turbación de la posesión se refiere a cualquier perturbación contra la posesión que no busque usurparla, siendo indemnizable en caso de daño.
Ejemplo de uso: "la turbación del agua del lago es producto de las sustancias que arroja esa fábrica".
(turbación de la posesión) Der. Cualquier perturbación o ataque contra la posesión que consista en actos; no incluye el intento de usurpar o ejercer el derecho de propiedad.
Cuando el acto de la turbación no tenga por objeto hacerse poseedor quien lo ejecuta, la acción del poseedor será juzgada como indemnización de daño, y no como acción posesoria.
Para el código civil argentino, hay turbación "cuando, contra la voluntad del poseedor del inmueble, alguien ejerciere, con intención de poseer, actos de posesión de lo que no resultare una exclusión absoluta del poseedor".
Ejemplo de uso: "se les imputaba el delito de turbación a la propiedad, algo que resultó insostenible, por lo que el fiscal debió desistir de la acción penal".
Origen etimológico de turbación: proviene de la palabra latina turbatĭo.