La tutela es un concepto que se refiere a la autoridad otorgada para proteger y cuidar a una persona que no puede hacerlo por sí misma, especialmente en ausencia de sus padres.
Este término también abarca el cargo que asume el tutor, quien se encarga de la dirección y el amparo del tutelado, asegurando su bienestar y la administración de sus bienes.
La tutela es, por tanto, un mecanismo esencial para salvaguardar los derechos de quienes carecen de plena capacidad civil.
f. Autoridad que, en defecto de la paterna o materna, se confiere para curar de la persona y los bienes de aquel que no tiene completa capacidad civil.
Cargo de tutor.
fig. Dirección, amparo.
Origen etimológico de tutela: proviene de la palabra latina tutēla.
Segundo diccionario: tutela
Origen de la palabra: (latín tutela.)
f. Autoridad que, al faltar la paterna o la materna, se confiere para curar de la persona y de los bienes del menor de edad o del que por otra causa no goza de completa capacidad civil.
Cargo de tutor.
fig. Amparo, protección.
— dativa. For. La conferida, no por designación de la ley ni por disposición testamentaria, sino por nombramiento del consejo de familia o del juez. Ver: tutela dativa
—ejemplar. For. La que se confiere para curar de la persona y de los bienes del incapacitado mental. Ver: tutela ejemplar
—legítima. For. La que se confiere por virtud de la ley. Ver: tutela legítima
—testamentaria. For. La deferida por virtud de llamamiento hecho en el testamento de una persona facultada para ello. Ver: tutela testamentaria