• « En la Constitución existen derechos explícitos (artículos 14 al 20) es decir, enunciados por escrito, y derechos implícitos (artículo 33), aquellos que no se enumeran pero que se desprenden de la doctrina que fundamenta el orden constitucional. »
• « Es cierto que los errores acontecen en el pasado, pero sólo por definición, pues en efecto, nadie sabe que está en un error hasta que el error es descubierto. De allí que muchos enunciados que se dan actualmente por verdaderos, pueden ser blanco de futuras refutaciones. »